“Hay que convenir que nuestra escuela, la peruana, tiene por delante esta gran misión: la de preparar al ciudadano (…) “Somos y debemos ser políticos. La vida ciudadana no se concibe sino dentro del antagonismo político, quien renuncia la vida política, o quien solicita ese renuncio, pierde por ese simple hecho, toda su valía como ciudadano. Este suicidio político es incompatible con la función de educar y de gobernar, puesto que gobernar, significa implícitamente educar”.
J. A. Encinas. 193

Manuel Iguiñiz E.
Asociado a Foro Educativo y Tarea
El Consejo de Ministros aprobó un proyecto de ley que establece causales de cese inmediato de los docentes, argumentando la adhesión a ideologías que contravienen la Constitución, y que estén dictando clases en perjuicio de la paz, democracia y los derechos humanos.
El enunciado del proyecto de Ley N° 7045/2023-PE se denomina: “LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 29944, LEY DE REFORMA MAGISTERIAL, PARA ASEGURAR QUE LAS ACTIVIDADES PROFESIONALES SE DESARROLLEN EN BASE A UNA CULTURA DE PAZ Y CON RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS.”
¿Por qué el Ejecutivo propuso este proyecto de ley? ¿Qué dice y que no dice? Para entenderlo es necesario ubicarlo en el actual contexto político, analizar sus implicancias en la construcción de una escuela democrática en el país. El cronograma de ingreso del proyecto de ley para su tratamiento en el Congreso se posterga, el escenario político cambio con la crisis del gobierno de Boluarte, producida a fines de marzo, sin embargo, sigue siendo de interés político y pedagógico.
I. LA INSTAURACIÓN DE UN RÉGIMEN POLÍTICO AUTORITARIO
La superposición de varias crisis: la crisis sanitaria y sus consecuencias, la crisis económica mundial con el crecimiento de la pobreza y el hambre y la crisis ambiental, la persistencia de la violencia de género a las que se añade la crisis de representación política y la creciente inseguridad ciudadana, han conformado un período complejo e inestable en el país. En este contexto se ha logrado configurar un régimen político autoritario enmascarado, que, manteniendo la formalidad, vacía las instituciones democráticas, basado en una coalición de fuerzas neo conservadoras y diversas fracciones políticas basadas en la economía delincuencial y la corrupción.
La polarización política entre el partido Fuerza Popular del fujimorismo, acompañado por grupos económicos de derecha se transforma en coalición política cuando Castillo da un fallido autogolpe y es reemplazado por su vicepresidenta Dina Boluarte, abriendo ésta una alianza con sus opositores en el Congreso, para lograr mantenerse en el poder. Se abre así una coalición amplia entre la agrupación política que controla el poder ejecutivo y la mayoría del legislativo, que impone la composición del Tribunal Constitucional y de la Defensoría del Pueblo y que pugna actualmente por el control del poder judicial y el poder electoral vía la búsqueda del cambio de la composición de la Junta Nacional de Justicia. Mirando el largo plazo la coalición consiguió la reforma constitucional, en más de 50 artículos modificando las relaciones entre los poderes del Estado, con concentración de poder en el Senado y la reelección inmediata, en contra de la opinión de la mayoría de la población.
La orientación conservadora y la primacía de intereses particulares vinculados a la corrupción y en esta coalición, así como el peso de los grandes intereses económicos que pugnan con éxito en este escenario, plasman una conducción errática en el gobierno, con mucha improvisación e ineficacia estatal. Luego de más de un año de ejercicio, el gobierno de Boluarte tiene un amplio rechazo de la población llegando sólo a un 8% de aprobación y el Congreso, mantiene un amplísimo rechazo con solo un 6% de aprobación.
Conscientes de su impopularidad, se hace omnipresente la preocupación por asegurar la impunidad frente a la corrupción, en especial los apura la proximidad del juicio oral de la lideresa Fujimorista y de un grupo de poderosos empresarios.
A ello se añade el interés del gobierno de Boluarte de enmascarar las ejecuciones extrajudiciales ante las protestas contra del cambio de rumbo de la actual presidenta y frente a las cuales no se ha rendido cuenta. A lo que más recientemente se añade el encubrimiento de sus reales ingresos y adquisiciones (como el caso de los Rolex) en las declaraciones juradas de los años 2022 y 2023.
Es así que la política educativa del gobierno de Boluarte se formula al servicio de un gobierno carente de legitimidad democrática. Ya anteriormente, la alianza neo conservadora en el Congreso había abierto una ruta de decisiones orientadas a restringir la libertad de pensamiento, creencias y opinión, contrarios a lo establecido en la Constitución. Ruta con normas de distintas autorías, pero conectadas. Destacamos alagunas entre ellas:
a. El veto paterno, con la ley sobre calidad de los materiales y recursos educativos (26 de junio de 2022) de gran pretensión censora o de veto, ya reglamentada por el MINEDU, según la cual agrupamientos de padres pueden censurar contenidos de 5 áreas curriculares. Restringir así la visión de país, el enfoque de género, buscando la predica de valores religiosos integristas, en la escuela pública con apoyo del Estado. Para ello sin disimulo, en legislación positiva, se dicta el adoctrinamiento, violando los derechos del Niño.
b. Recordemos asimismo la antigua demanda de enseñanza sobre educación cívica y el terrorismo en el país con la lectura histórica del fujimorismo y sectores afines, esta vez con la Ley Moyano (El peruano 18 de mayo de 2023).
c. Como iniciativa del MINEDU se encuentra la Estrategia de educación cívica y valores “101% BUEN CIUDADANO”. (Aprobada el 01 de diciembre de 2023)
d. Finalmente, el control de la práctica pedagógica docente y de los contenidos, en el mencionado proyecto de ley que ha presentado del Consejo de Ministro para controlar la visión y comprensión de la realidad, vía la practica pedagógica del docente de la escuela pública y que pasamos a analizar.
II. EL PROYECTO DE LEY 7045/2023 QUE MODIFICA LA LEY DE REFORMA MAGISTERIAL Y SUS IMPLICANCIAS
1.1 Lo que ya señala la Ley de Reforma Magisterial sobre el rechazo al terrorismo.
Como se ha recordado, luego de conocer el proyecto de ley, en la LRM, el terrorismo es una y de las causales de sanciones a los docentes.
Para postular a la Carera Publica Magisterial, entre los requisitos generales, de manera específica se señala:
d) No haber sido condenado ni estar incurso en el delito de terrorismo, apología del terrorismo. (Art. 18)
Para los docentes en servicio, ya ingresados en la carrera, la causal de sanción mayor que es la destitución de docentes recoge el mismo contenido:
c) Haber sido condenado por delito contra la libertad sexual, apología del terrorismo o delito de terrorismo y su forma agravada. (Art. 49)
También se incluye la posibilidad de separación como medida preventiva a cargo de director de la Institución Educativa cuando exista “denuncia administrativa o judicial,” por causales como: “presuntos delitos” de “apología de terrorismo, de terrorismo y sus formas agravadas.” (Art. 44).
Para más precisión, se señala la posibilidad del cese temporal de docentes, por faltas o infracciones graves las que se pueden producir por proselitismo político partidario:
g) Realizar en su centro de trabajo actividades de proselitismo político partidario en favor de partidos políticos, movimientos o alianzas o dirigencias políticas nacionales, regionales o municipales. (Art. 48)
1.2 Lo que el proyecto de ley 7045 modifica.
El Proyecto de Ley que en su primer artículo precisa las modificaciones a tres artículos y normas sobre; los requisitos para postular (Art. 18) a la carrera pública magisterial, la separación preventiva (Art. 44) y la destitución (Art. 49) establecidos en la LRM.
Estando la causal de destitución o sanciones a docentes en base a su asociación al terrorismo, como se recordó, en la LRM, se postula un paso más, con la vinculación genérica a unas organizaciones políticas y movimientos. No desaparecen las sanciones por causal de terrorismo ya establecidas. Se trata de una nueva causal, es decir un agregado, sobre otros comportamientos políticos que podrían sancionar la pluralidad en acciones y protestas. Los dos presidentes del consejo de ministros ya han sido actores sucesivos en este comportamiento autoritario. El primero A. Otárola por el inicio de la represión en su calidad de ministro de Defensa y su ascenso a Presidente del Consejo de Ministros. El segundo G. Adrianzén abusó de la narrativa de la intervención del terrorismo en las movilizaciones contra el gobierno de Boluarte que lo llevo, en tanto representante del Perú ante la OEA a convertirse en acusador de los representantes de las víctimas como sus propios asesinos, recordando tristes expresiones iguales desde el fujimorismo sobre los muertos de la Cantuta.
Veamos, el uso de la narrativa descalificadora para el caso de la destitución, en la que se agrega la siguiente causal:
k) Ser a título personal o integrante, miembro, afiliado, representante, o pertenecer a una organización, movimiento o cualquier forma de agrupación cuya ideología o actos sean contrarios al orden constitucional, al sistema democrático y/o al respeto a los derechos humanos. El reglamento regula esta causal, respetando el principio de legalidad y el debido proceso. (Art. 49)
Causal que se repite con el mismo contenido para los casos de la postulación a la carrera y la separación preventiva.
Finalmente, es necesario señalar que el problema público no se sustenta en un diagnóstico actualizado de nuevos riesgos de violentismo en el mundo escolar. La propia exposición de motivos manifiesta vaguedad, como cuando se señala que habría organizaciones que “buscan acceder” a la Carrera Pública Magisterial (CPM) o también cuando se plantean razones imprecisas como: “cuando han existido casos concretos de organizadores sociales creadas sobre la base de pensamiento violentos que atentan contra el orden constitucional, que han logrado captar y/o infiltrar a docentes en la carrera pública magisterial.”

1.3 Sus implicancias
Las nuevas restricciones al acceso y permanencia de docentes afectan el derecho a la estabilidad laboral y, a la vez, le exige al docente en la escuela pública, el adoctrinamiento político y la docilidad a las políticas del gobierno vigente.
El gobierno, enmascara su ejecutoria, se atribuye y enarbola la lucha por la constitucionalidad, la democracia, la paz y los derechos humanos. Especialmente coloca a la educación pública, en un rol de restricción de la pluralidad en la sociedad, el ejercicio de la ciudadanía plena y el derecho a la protesta.
La autoría del actual proyecto es del MINEDU y el Poder Ejecutivo, pero los une con la coalición de una educación para una ciudadanía obediente, domesticada, resignada a la corrupción y la delincuencia. Ciudadanía que demanda obras y servicios, pero no hace política, ni demanda justicia, ni memoria. Por ello, no puede aceptar la resistencia actual al discurso sobre las ejecuciones extrajudiciales de inicio de su gobierno. Resistencia desde el Sur Andino, a la imposición colonial del silencio histórico, pero asimismo de sectores de la opinión pública, múltiples instancias nacionales e internacionales, así como informes de prensa.
Esa resistencia aspira a una democracia que acepta el conflicto, el antagonismo político y el pluralismo.
En el marco de la coalición autoritaria y su voluntad omnímoda de poder, esos mecanismos tienen relación con la pérdida de los derechos civiles y políticos de la docencia pública del país, en otras palabras, su ciudadanía y con ello afecta su función docente y la escuela como comunidad plural, de aprendizajes. De aprobarse devendría en una censura al ejercicio de las libertades civiles y políticas de la propia Constitución.
A las restricciones anti liberales de fuerte espíritu neoconservador, también los une el bloqueo a la idea de políticas de Estado para transformaciones estructurales, de justicia social y sostenibilidad.
III. LA URGENCIA EN LA CONSTRUCCIÓN DE UNA ESCUELA DEMOCRÁTICA Y CIUDADANA
Ante el uso propagandístico de la coalición para reescribir la memoria histórica debemos ser enfáticos. No hay confusión, el rechazo a la violencia, ya están en la LRM. El rechazo al terrorismo es parte de lo político de la educación. No hay neutralidad en la educación democrática pues sus valores y fines, tienen vigencia para trasformación sociales estructurales, en la perspectiva de los DDHH, la justicia social, las libertades humanas, y los conflictos sin violencia, como parte de valiosos esfuerzos en el país. El rechazo al terrorismo se expresó, por ejemplo, en la oposición a la inscripción de MOVADEF. Recordamos dos expresiones: El año 2012 la Defensoría del Pueblo, en escrito del Dr. Eduardo Vega, demandó con claridad al JNE se deniegue la solicitud de inscripción del MOVADEF. Se visibiliza asimismo en el caso de la negativa del Jurado Nacional de Elecciones, a través del Registro de Organizaciones Políticas (Dra. Lourdes Munguía. 2011) que se apoyó, entre otras fuentes en el Informe de la CVR y en Carlos I. Degregori, que refrendan que el Pensamiento Gonzalo del MOVADEF es parte de Sendero Luminoso.
Si el docente no es tratado como ciudadano no puede aportar a la formación ciudadana de sus alumnos. Anular la autonomía profesional del docente, su ciudadanía, junto a la censura a los contenidos afecta centralmente la escuela como experiencia de aprendizaje democrático. Lo que está en juego en primer lugar son las libertades políticas y la labor docente como profesión moral para la formación integral del educando y el desarrollo sostenible, con justicia social en el país, desde una institución formadora de trascendencia histórica como la escuela pública.
Resulta claro el énfasis de Encinas (1938:74) en lo que considera la ciudadanía del docente como condición para la formación de ciudadanos.
Si el maestro desempeña la más elevada función en una democracia, no puede considerase como un paria del Estado, sometido, mediante un ínfimo salario, no sólo a la inestable exigencia política, sino al capricho, prejuicio y malquerencia de quienes gobiernan. El maestro es y debe ser un ciudadano en el más amplio sentido del vocablo, a quien cualquiera coacción de su libertad, cualquier ultraje no le permitirá profesar con sinceridad, menos estará capacitado en armonizar sus enseñanzas con la realidad dolorosa del ambiente que muestra a diario la inconsistencia de los postulados políticos, éticos, económicos y sociales pretendidos por el Estado.
La educación cívica se realiza en las prácticas cotidianas en la vida escolar y en el currículo explícito, así como el oculto. Por ello no es academicista. La revaloración del bienestar socio emocional que acompaño a la revaloración de la escuela presencial pos pandemia van en el sentido del aprendizaje en el ambiente escolar y clima institucional de una ciudadanía con derechos y deberes.
La innovación de educación pública y, para constituirse en bien público, exige sea abierta a las distintas opiniones. No hay desconexión de la educación con la democracia como experiencia de dialogo de saberes y sentires. Las escuelas, todas ellas, si pretenden ser bienes públicos tienen que ser plurales.
Este tema de la pluralidad se analiza en nuestro entorno latinoamericano, como tema central de la política educativa. Lo señala Isabelino Siede (2023).
El silencio ante los conflictos y la evasión de las controversias no parecen herramientas adecuadas para formar ciudadanos dispuestos a la participación activa y el ejercicio de su propio poder. Sin embargo, tampoco es deseable una orientación curricular sesgada por el oficialismo de turno, en lugar de orientaciones compatibles con una amplia gama de vertientes de pensamiento, sobre la base del Estado de derecho.
Nuestras escuelas públicas y privadas de vocación pública en su conjunto formaran al ciudadano si son participativas y procesan sus diferencias y consensos, serán parte de la democratización sustantiva del país, la compresión critica de nuestra historia.

REFERENCIAS
Encinas. J. A. (1930) “A los Maestros Graduados en la Escuela Normal de lima.” Pág. 140. En: Portugal, J. (1986). José Antonio Encinas. El maestro de los maestros peruanos. Lima: CONCYTEC
Ley N° 31498. Ley que impulsa la calidad de los materiales y recursos educativos en el Perú. El Peruano 23 de junio de 2022.
Ley N° 31745. Ley que declara de interés nacional la introducción de contenidos curriculares de estudio sobre educación cívica e historia de la subversión y el terrorismo en el Perú en las instituciones educativas del país. El peruano 18 mayo de 2023.
MINEDU. ESTRATEGIA NACIONAL DE CIVISMO Y EDUCACIÓN EN VALORES “101 % BUEN CIUDADANO. RM N° 638-2023-MINEDU. Aprobado el 01.12. 2023
Dra. Lourdes Munguía Estrella Directora de Registro de Organizaciones Políticas. Resolución 0224-2011-ROP/JNE. Jurado Nacional de Elecciones.
Encinas, J. A. (1938). La educación de nuestros hijos. Lecciones de psico-pedagogía. Santiago de Chile: EDICIONES ERCILLA.
Siede, I. Política en las aulas: una presencia inquietante y necesaria. Pás. 38-39. En: Siede I. (Comp.) 2023. Educación ciudadana. Perspectivas y experiencias. Buenos Aires: Grupo Editor
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