Las opiniones expresadas en el artículo son priopias de  las y los autores y no reflejan necesariamente los puntos de vista de Foro Educativo

Por Karla Odalia Sánchez Arrascue y Barboza

Especialista en temas educativos universitarios

Maestranda en Análisis Político y Asesoría Institucional en la Universidad de Barcelona

La composición y funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) han cambiado y el destino de calidad educativa universitaria es una incógnita. Más allá de la modificación del proceso de elección de los miembros del Consejo Directivo de esta institución -que ha pasado de un sistema concursal por méritos a un sistema de representación-, la “Nueva Sunedu” ya no tendría competencias para autorizar el funcionamiento de nuevas carreras profesionales y no estaría adscrita al Ministerio de Educación. Entonces, ¿Cuál es el destino del derecho a la educación de calidad de todos los peruanos?

Desde el 2015 hasta febrero del 2023, la Sunedu contribuyó a disminuir la informalidad del sistema universitario peruano. De las 145 universidades peruanas, 94 adecuaron su diseño institucional a un sistema de calidad y 51 universidades no pudieron hacerlo, y la Sunedu les denegó la licencia de funcionamiento, a febrero de 2021 (Sunedu 2022). Las funciones de supervisión y sanción también fueron fundamentales para el ordenamiento del sistema universitario y la protección de derechos de los estudiantes. Por ejemplo, las universidades implementaron procedimientos de investigación y sanción para el acoso y hostigamiento sexual en el ámbito universitario. Asimismo, se detectaron tanto a universidades que no utilizan sus recursos para fines educativos, como a empresas, que, sin ser universidades, brindaban el servicio universitario.

Sin embargo, la continuidad de estos avances es una incertidumbre luego de la aplicación de la Ley N°31520, denominada “ley que reestablece la autonomía y la institucionalidad universitaria”. En febrero de 2021, el Tribunal Constitucional Peruano validó la constitucionalidad de la Ley N°31520.   El Poder Ejecutivo, a través del exministro de Educación Óscar Becerra, a los pocos días de esta confirmatoria a la cuestionable ley, promovió la implementación de esta; a pesar de que el premier Alberto Otárola y la presidenta Dina Boluarte ofrecieron reglamentarla para garantizar una educación universitaria de calidad.

Desde la creación de la Sunedu, congresistas de distintas bancadas promovieron propuestas legislativas con similares objetivos a la cuestionada Ley N°31520. Así fue el caso del Proyecto de Ley N°469/2016-CR del excongresista aprista Javier Velásquez Quesquén sobre “autonomía universitaria” y el proyecto que creaba una entidad superior a la Sunedu del expresidente de la Comisión de Educación del Congreso de la República Luis Dioses. No obstante ello, a diferencia del actual Poder Ejecutivo, los anteriores sí respaldaron los avances de la reforma universitaria, limitando los alcances de estas propuestas legislativas. A continuación, se muestra una tabla de la toma de posición de los gobiernos peruanos desde 2011 hasta la fecha.

Tabla N°1: Gobierno y reforma universitaria

Gobierno

Postura

Ollanta Humala (2011-2016)

Respaldó la aprobación de la Ley N°30220, Nueva Ley Universitaria

 

Pedro Pablo Kuczynski Godard (2016-2018)

Tuvo una postura ambigua, puesto que ratificó la designación de Flor Luna Victoria como Superintendenta de la Sunedu. Finalmente, ante las denuncias de plagio de sus investigaciones académicas, fue retirada del cargo.

Martín Vizcarra Cornejo (2018-2020)

Manifestó su defensa a la reforma universitaria frente a las propuestas del Congreso de La República

Manuel Merino de Lama (2020)

Designó como premier a Antero Flores Araoz, quien se manifestó en contra la excomposición de la Sunedu

Francisco Rafael Sagasti Hochhausler (2020-2021)

Manifestó su defensa a la reforma universitaria frente a las propuestas del Congreso de La República

Pedro Castillo Terrones (2021-2022) 

Observó la Ley N°31520 y se retornó el debate al Congreso de la República

Dina Ercilla Boluarte Zegarra (2022 en adelante)

Respaldó la implementación de la Ley N°31520

Fuente: Elaboración propia

En el contexto actual de la reciente aplicación de la Ley N°31520, paradójicamente llamada “ley que reestablece la autonomía y la institucionalidad universitaria”, el Poder Ejecutivo apoyó en la conformación del Nuevo Consejo Directivo de la Sunedu -las primeras sesiones fueron en el Ministerio de Educación-. Además, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus), mediante la Opinión Jurídica N°007-2023-JUS/DGDNC, sostuvo que la “Nueva Sunedu” no cuenta con competencia para aprobar o denegar solicitudes de licenciamiento de programas de estudios conducentes a grado académico, ni para normar y supervisar las condiciones básicas de calidad exigibles para el funcionamiento de los mismos, de acuerdo a la Ley N°31520 (Minjus 2023, p 12). Es decir, limita a la Sunedu en sus funciones de licenciamiento y supervisión para la creación de nuevas carreras profesionales, y no estableció alguna recomendación orientada a la protección del derecho de educación de calidad de todos los peruanos.

Se conoce que diferentes universidades han convocado exámenes de admisión de nuevas carreras profesionales que no fueron evaluadas previamente por la Sunedu, por ejemplo la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) convocó a un examen de carrera profesional de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Facultad de Ciencias Contables en  marzo de 2023 (La República 2023), y el gerente de general de la Universidad San Ignacio de Loyola (Usil), Juan Manuel Ostoja, anunció que los alumnos de todas sus carreras podrán elegir la modalidad de estudios presencial o virtual desde marzo de 2023 (Tuesta 2023, p 22). Esta situación podría estar extendiéndose en otras universidades peruanas: ¿Cuántas universidades han creado nuevas carreras profesionales sin condiciones básicas de calidad?, ¿Cuántas universidades vienen cambiando sus modalidades de estudio de presencial a virtual sin ningún tipo de supervisión? La oferta de carreras sin condiciones básicas de calidad no sólo afecta al estudiante, sino a la sociedad peruana en general y la Sunedu no ha anunciado ninguna medida para menguar los impactos de un posible retorno a la informalidad del sistema universitario.

Han pasado casi tres meses del proceso de implementación de la Ley N°31520 y el destino de la Sunedu sigue siendo una incógnita. Existe un Consejo Directivo que funciona de forma incompleta (5 de los 7 miembros) y no se tiene información sobre la incorporación del representante del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación (Sineace), y del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec), quienes podrían aportar sus visiones sobre investigación. Asimismo, en las mesas de trabajo del 12 y 13 abril de 2023 organizadas por la Sunedu, el superintendente Castillo Venegas M. (2023) anunció una reestructuración de la institución en coordinación con los rectores y la instalación de una sala vip para recibirlos. La confusión de los fines públicos de las instituciones del Estado es evidente, la Sunedu fue creada para velar por el derecho a una educación de calidad de todos peruanos y no para estar al servicio de sus autoridades. Y en relación con la anunciada reestructuración de la Sunedu: ¿Cómo se realizará el proceso?, ¿La Sunedu pasará estar adscrita a alguna instancia del Poder Ejecutivo?

El destino de la educación universitaria en el Perú es una incertidumbre. En estos tres meses las autoridades de la “Nueva Sunedu” no han podido explicar los mecanismos que implementarán para que el derecho a una educación de calidad quede garantizado. Los rectores de las universidades públicas y privadas tienen amplia libertad administrativa y económica desde la Ley N°31520: ¿Podrán y tendrán la voluntad de autorregularse?, ¿Podrán autorregularse para crear carreras profesionales con condiciones básicas de calidad?

A la ciudadanía nos toca estar alertas, más aún cuando el Poder Ejecutivo tomó la decisión de respaldar la política educativa promovida por la “Nueva Sunedu”.

Fuente: Universidad de Piura

Referencias

  • Castillo Venegas M. (2023, 12 de abril). Retos de la Sunedu tras la aplicación la Ley N°31520. Mesas de trabajo con universidades privadas (Grabación de audio de discurso). Sunedu 

https://www.facebook.com/SuneduPeru/videos/1419590995464698

  • Castillo Venegas M. (2023, 13 de abril). Retos de la Sunedu tras la aplicación la Ley N°31520. Mesas de trabajo con universidades públicas (Grabación de audio de discurso). Sunedu

https://www.facebook.com/SuneduPeru/videos/732196158652536

  • La República (2023, 10 de marzo). Nueva carrera en San Marcos: ¿Cuál es la profesión que se lanzó y cuánto puede ganar sus egresados? La República

https://larepublica.pe/sociedad/2023/03/03/nueva-carrera-en-san-marcos-cual-es-la-nueva-carrera-que-se-lanzo-y-cuanto-pueden-ganar-sus-egresados-289974

  • Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) (2023, 24 de febrero). Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria.Opinión Jurídica N°007-2023-JUS/DGDNC

  • Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) (2020, 6 de julio). Sunedu: 94 universidades licenciadas garantizan condiciones básicas de calidad para más de 1 millón de universitarios

https://www.sunedu.gob.pe/sunedu-94-universidades-licenciadas-garantizan-condiciones-basicas-de-calidad-para-mas-de-1-millon-de-universitarios/9

  • Tuesta, B. (2023, 19 de febrero). USIL/ Tendremos oferta total de carreras semipresenciales. Revista Semana Económica, N°1853, 22

https://juanmanuelostoja.pe/wp-content/uploads/2023/02/ENTREVISTA_USIL_JMO.pdf


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